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sosteniendo tu progreso"
 
QUIENES SOMOS - OBJETIVOS
Los fines de la AGRUPACIÓN son los siguientes:
  1. Maximizar el valor de la AGRUPACIÓN, de su representación de su capacidad de influencia, de la defensa de sus legítimos intereses y de sus prestaciones para la empresa.
  2. Defender los intereses legítimos de la actividad de las empresas mineras, asistiéndose de los Gabinetes asesores técnicos que considere oportuno establecer para su exclusivo servicio y pagados con fondos propios.
  3. Representar a sus miembros en relación con los fines de la AGRUPACIÓN.
  4. Agrupar a las empresas que exploten y produzcan y transformen minerales así como fomentar el espíritu y los lazos de solidaridad entre las mismas.
  5. Fomentar la integración de las empresas de la industria minera, con objeto de potenciar al sector en la defensa de sus legítimos intereses.
  6. Promocionar la utilización y la calidad adecuada de los minerales potenciando el perfeccionamiento de la normativa técnica aplicable.
  7. Potenciar la consideración de los aspectos medioambientales en la actividad minera.
  8. Promover la mejora continua de las condiciones de seguridad y salud de los trabajadores en las empresas del sector.
  9. Organizar, colaborar en la organización y gestión, y difundir cualquier acción formativa que sea compatible con los fines de la AGRUPACIÓN.
  10. Apoyar y fomentar la realización de cuantas actividades tiendan al mejor logro de sus fines.
  11. Solicitar y gestionar las ayudas y subvenciones públicas que puedan resultar de utilidad para la consecución de los fines de la AGRUPACIÓN.
  12. Mantener relaciones constantes con los Organismos Oficiales, y cualesquiera otras entidades públicas o privadas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Navarra y del Estado español, colaborando con ellos en cuanto redunde en beneficio de la economía de la Comunidad Autónoma y de sus miembros, de manera muy especial en cuanto afecte a los problemas de explotación, fabricación, transporte, comercialización utilización y aprovechamiento de minerales.       
  13. Elevar a los Poderes públicos las iniciativas, aspiraciones y reclamaciones de los asociados en cuanto éstas tengan carácter general o afecten o este sector industrial.
  1. Asesorar a sus miembros cuando éstos lo requieran, e informar en todo de la actividad que realice la AGRUPACIÓN, de acuerdo con lo previsto en los Estatutos y en el Reglamento de Régimen interno.
  2. Cumplir y hacer cumplir las normas y disposiciones que se dicten por el Estado y la Comunidad Foral de Navarra, a fin de subordinar en todo momento los intereses generales de la industria minera.
  3. Crear servicios permanentes para el interés común de los Asociados.
  4. La mediación y/o arbitraje para dirimir cuantas cuestiones puedan surgir entre sus miembros o entre éstos y terceros que se les sometan.
  5. Armonizar en todo momento los intereses particulares con los comunes.
  6. Colaborar con el estudio y solución de los problemas de la actividad de la industria minera, efectuando cuantas propuestas se estimen oportunas para la mejor orientación, reestructuración y desarrollo de la actividad.
  7. Señalar a la Administración y a las empresas miembros de la AGRUPACIÓN las situaciones coyunturales que afecten a la economía de las empresas realizando las propuestas oportunas en cada momento.
  1. Participar, con arreglo a las Leyes, en Organismos y Entidades de la Administración Pública y en sus instituciones de carácter asesoro consultivo que afecten a la actividad.
  2. Participar en la evitación de la competencia desleal en la concurrencia del mercado, actuando incluso en instancia previa, como moderador o favorecedor del diálogo entre las partes afectadas.
  3. Defender ante cualquier Organismo, jurisdicción e instancia los intereses comunes de las empresas miembros.
  4. Establecer en beneficio de los miembros de la AGRUPACIÓN, servicios de información, documentación, asesoría o gestión, de estudio o análisis económicos, comerciales, contenciosos, técnicos, financieros o estadísticos, etc.
  5. Ofrecer a los clientes y, en general a terceras personas, las garantías morales y técnicas inherentes a la cualidad de miembro de la AGRUPACIÓN.
  6. En general, cuantas otras funciones de análoga naturaleza se consideren necesarias o convenientes o le sean encomendadas por la Ley.
  7. Entre los fines de la Asociación se encuentran los propiamente laborales que los identifican, enmarcados dentro de la defensa de los intereses de los empresarios asociados, tal y como señala el artículo 5.2 b) 7º del Real Decreto 416/2015 de 29 de mayo.
 
 
Al objeto de alcanzar tales fines AEMINA podrá integrarse en las asociaciones, federaciones y confederaciones empresariales que estime de utilidad para la defensa de los intereses de sus miembros asociados.

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